El 30% de los contenidos online en nuestro país son producidos por estos influencers, cuya cifra total asciende a 12.000 en nuestro país
El Gobierno ha aprobado este martes la Ley para influencers, vía Decreto-ley, una nueva norma que obliga a los creadores de contenido que tengan unos ingresos anuales superiores a 300.000 euros brutos al año, superen el millón de seguidores en alguna red social, o publiquen 24 o más videos, a cumplir este Real Decreto ya en vigor. Asimismo, deberán inscribirse en los próximos dos meses en el Registro Estatal de Prestadores Audiovisuales.
Se trata de una normativa polémica, ya que no se han llegado a escuchar a las asociaciones profesionales de la mayor parte de los 12.000 influencers que hay en nuestro país. Alrededor de 600 creadores de contenidos se verán afectados por la misma. Las multas muy graves podrían llegar hasta el 3% de los ingresos devengados en el ejercicio inmediatamente anterior al de la imposición de la multa conforme a su cuenta de explotación, con un máximo de 1.500.000 euros.
Expertos consultados por Economist & Jurist debaten sobre esta nueva normativa, parte de la cual ya era de obligado cumplimiento con la actual Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA). Ahora habrá que ver qué entidad se encargará de su supervisión. Se habla de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), un organismo necesario como el que ya hay en Francia, país pionero que aprobó una normativa parecida. También se echa en falta una normativa europea homogénea en toda la Unión Europea.
Una norma que llega tarde
Por su parte, Rodolfo Tesone, abogado experto en derecho digital y director del Curso de Derecho de la Inteligencia Artificial de la Universidad de Barcelona-IL·3, cree que esta regulación, aunque positiva, tiene carencias importantes. «Era imprescindible atender el vacío legal y limbo legal en el que se encontraban los creadores de contenidos en YouTube, TikTok y el resto de plataformas y redes sociales, donde se generaban todo tipo de contenidos con una migración de audiencias consolidadas. De esta forma, estos influencers se homologan en obligaciones a dichas plataformas».
Este experto recuerda que la Ley General de Comunicación Audiovisual ya imponía una serie de obligaciones que estos creadores tenían que cumplir. «Ahora, con este Decreto-ley, se delimita cuáles son los sujetos obligados y el alcance de la norma. En este contexto donde se está construyendo el Mercado Único Digital Europeo y teniendo en cuenta ese contexto regulatorio, era imprescindible la regulación de los influencers y contenidos. Francia fue el primer país de la UE en regularlo; lo hizo en junio del 2023 con una regulación pionera en Europa».
Para este experto, se echa en falta «una regulación homogénea, a nivel de reglamento, porque por cuenta de normativa europea como es la DMA o la DSA ya hay algunas cuestiones específicas. Pero es necesaria dicha regulación porque los influencers en muchas ocasiones operan en toda la UE. Al final, de lo que se trata es de evitar situaciones de desequilibrio o de distinta velocidad regulatoria en la UE. Esta normativa era necesaria, pero llega muy tarde en nuestro país».
Luchar contra el anonimato
Desde su punto de vista, «a lo largo de este tiempo en el que se han desarrollado estas redes sociales y se han consolidado estos creadores de contenido, surgen una serie de cuestiones relacionadas con el bien jurídico a proteger, que tienen que ver con la salud pública, la protección del menor, los derechos de los consumidores y usuarios, así como la Ley General de Publicidad. Hasta el momento, se han cometido todo tipo de ilícitos y sanciones con absoluta impunidad debido a la falta de una autoridad de control que velara por el cumplimiento de estos preceptos».
Según Tesone, «esa impunidad estaba relacionada con la identidad digital, ya que muchos de estos creadores de contenido han operado desde el más absoluto anonimato, incluso desde fuera de la UE. Al mismo tiempo, los criterios planteados para convertirse en influencer son demasiado restrictivos. En España, según el último estudio de la Plataforma 2btube de 2023, hay 12.000 creadores de contenido con más de 100.000 seguidores, todos los cuales quedan fuera de la Ley. Este colectivo representa el 30% de los contenidos que se generan. Es previsible que esta norma deba ser ajustada».
Además, señala que los requisitos planteados de 300.000 euros brutos derivados de su actividad son problemáticos, ya que muchos de ellos trabajan a través de sociedades pantalla por donde facturan. Será difícil identificar ese monto total, excepto en los casos en que se den de alta en el Registro Obligatorio para este colectivo. La norma no afecta a los influencers que operan fuera de España hacia nuestro mercado, como es el caso de los influencers andorranos. Tampoco tiene sentido el criterio de los 24 videos publicados al año, ya que no se entiende por qué se ha detenido el legislador en dicha cifra. serán sanciones importantes».